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Esta semana se desarrolló la Audiencia Oral del proceso de amparo por el cumplimiento de acuerdos de consulta previa del proyecto Hidrovía Amazónica, interpuesto por la organización indígena AIDESEP y  el Instituto IDLADS; en ella el SENACE, el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) y la empresa COHIDRO insistieron en desconocer el cumplimiento de los acuerdos de consulta previa del proyecto vinculados al desarrollo de estudios toxicológicos con estándares internacionales, la culminación del estudio de ingeniería a detalle y la paralización del dragado del río por la aparición de una migración de peces (mijano).
Desde algunos sectores de la sociedad se ha posicionado el mito de que el derecho a la consulta es una traba para las inversiones, o que solo sirve para cuestionar el desarrollo. Por lo general, este mito alude a cuestiones procedimentales que han sumado a la desconfianza, falta de información y conocimiento sobre este derecho.
Graves ausencias se evidenciaron el domingo último en el bloque de análisis sobre protección del medio ambiente y desarrollo sostenible del debate de equipos técnicos en miras a la segunda vuelta electoral, presentado por Hernando Guerra García, por Fuerza Popular; y Celeste Rosas, por Perú Libre.
La Relatoría sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se encuentra realizando el primer informe temático sobre el cumplimiento del derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas y tribales en nuestra región, derecho en el marco del cual se reconoce su libertad para decidir su desarrollo político, económico y social, y que se vincula directamente al derecho a consulta y consentimiento previo de medidas legislativas y administrativas vinculadas a proyectos que puedan afectar sus derechos.